SCJN: Congresos locales NO pueden fiscalizar recursos federales en municipios; ASF tiene exclusividad

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-La Suprema Corte invalida auditoría del Congreso de Tlaxcala a Contla de Juan Cuamatzi por más de 8.3 mdp en fondos federales. Fallo unánime de la ministra Loretta Ortiz Ahlf sienta precedente constitucional.
En una resolución histórica que redefine la distribución de competencias en materia de fiscalización, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los congresos locales y sus órganos de fiscalización no tienen facultad para revisar el uso de recursos federales transferidos a los municipios. Esa atribución es exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El Pleno de la Corte, por unanimidad de votos, aprobó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf en la Controversia Constitucional 245/2025 promovida por el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala. Con esta decisión, la SCJN declaró inválido el Informe Individual de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública municipal correspondiente al segundo semestre de 2024, específicamente en lo que se refiere a aportaciones y participaciones federales.
¿Qué irregularidades detectó el Congreso de Tlaxcala?
El Órgano de Fiscalización Superior del Congreso tlaxcalense había detectado irregularidades por más de 8.3 millones de pesos en el manejo de recursos federales. Sin embargo, la Corte consideró que el procedimiento fue inconstitucional porque el Congreso local y su órgano fiscalizador invadieron competencias federales.
La ministra Ortiz Ahlf explicó que, conforme a los artículos 79, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la fiscalización de recursos federales corresponde exclusivamente a la ASF. Las entidades estatales solo pueden revisar recursos de origen local y deuda pública. Las participaciones federales sí pueden ser fiscalizadas de forma concurrente, pero solo si existe un convenio de coordinación vigente con la Federación, requisito que no se cumplió en este caso.

Implicaciones del fallo de la SCJNEsta sentencia tiene un impacto nacional porque:

  • Frena la intervención de congresos estatales en la revisión de fondos federales en ayuntamientos.
  • Fortalece la autonomía municipal en la administración de su hacienda pública.
  • Centraliza el control federal sobre recursos etiquetados, evitando duplicidad y posibles conflictos competenciales.
  • Obliga a los congresos locales a abstenerse de fiscalizar recursos federales sin convenio previo con la ASF.
La Corte ordenó al Congreso de Tlaxcala emitir un nuevo decreto que respete los límites constitucionales. Si se realiza una nueva revisión, el Órgano de Fiscalización Superior del estado deberá limitarse estrictamente a los recursos locales.
Contexto y reaccionesEl fallo llega en un momento clave para el federalismo mexicano, donde la correcta distribución de competencias entre Federación, estados y municipios ha sido tema recurrente. Organismos como la ASF celebran la claridad, mientras que algunos sectores locales advierten que podría limitar la rendición de cuentas en municipios.La SCJN dejó en claro: “Corresponde a la Auditoría Superior de la Federación fiscalizar los recursos públicos federales ejercidos por cualquier ente”, mientras que las entidades locales “circunscriben su actuación a la revisión de recursos de naturaleza local”.
¿Qué sigue?
Los municipios ahora tienen mayor certeza jurídica: cualquier auditoría sobre dinero federal deberá pasar por la ASF o contar con un convenio expreso. Este precedente aplica a todo el país y podría frenar revisiones similares en otros estados.
Sigue la cobertura de Jucsmi News para más detalles sobre este y otros fallos relevantes de la SCJN en materia de federalismo y transparencia. ¿Tu municipio recibe recursos federales? Comparte este artículo y mantente informado sobre cómo te afecta esta decisión histórica.

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